La distribución de competencias entre el Estado y las Comunidades Autónomas en materia de Trabajo, Empleo y Protección Socialuna sinopsis
ISSN: 0210-539X
Año de publicación: 2005
Número: 23
Páginas: 103-128
Tipo: Artículo
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Resumen
La Constitución española de 1978 reserva al Estado la regulación de las relaciones laborales, así como la legislación básica y el régimen económico de la Seguridad Social; las Comunidades Autónomas pueden, por su parte, asumir la ejecución de la legislación laboral, desarrollar las normas estatales en materia de Seguridad Social y ordenar, como competencia exclusiva, la política de asistencial social. Sin embargo, el desarrollo postconstitucional del reparto de competencias que la Carta Magna prevé en materias socio-laborales no siempre ha sido pacífico. El presente estudio se propone efectuar una sinopsis del estado de la cuestión, desde la experiencia que proporcionan los últimos veintisiete años de régimen constitucional.