Las Nuevas vías compensatorias en el despido disciplinario improcedenteel c. 158 OIT y el artículo 24 de la CSER.

  1. Martínez Baeza, Clara María 1
  1. 1 Doctoranda Universidad de Murcia
Revista:
Anales de derecho

ISSN: 0210-539X

Año de publicación: 2024

Volumen: 41

Tipo: Artículo

DOI: 10.6018/ANALESDERECHO.623011 DIALNET GOOGLE SCHOLAR lock_openAcceso abierto editor

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Resumen

El sistema disciplinario para sancionar conductas infractoras de los trabajadores en nuestro país brinda múltiples opciones al empresariado, con el objetivo principal de reeducar a los trabajadores, en línea con los principios constitucionales. Sin embargo, el uso indebido del despido disciplinario ha sido una constante desde la promulgación del Estatuto de los Trabajadores. El Real Decreto-Ley 3/12 de 10 de febrero respondió a esta demanda empresarial al reducir significativamente las consecuencias del despido disciplinario improcedente. Existe una corriente europea, basada en recientes decisiones del Comité Europeo de Derechos Sociales del Consejo de Europa, que sostiene que la limitación de las indemnizaciones otorgadas a los trabajadores en casos de despido injustificado infringe el Artículo 24 b) de la Carta Social Europea.  

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