El nuevo artículo 3.2 de la ley orgánica de régimen electoral generalJustificación y problemática
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Universidad de Murcia
info
ISSN: 2660-9444
Argitalpen urtea: 2021
Zenbakia: 0
Orrialdeak: 95-104
Mota: Artikulua
Beste argitalpen batzuk: Asuntos Constitucionales
Laburpena
El nuevo contenido del artículo 3.2 de la Ley Orgánica del Régimen Electoral General, introducido por la Ley Orgánica 2/2018, de 5 de diciembre, de reforma de la misma para garantizar el derecho de sufragio de todas las personas con discapacidad, recoge la prescripción de que “toda persona podrá ejercer su derecho de sufragio activo, consciente, libre y voluntariamente, cualquiera que sea su forma de comunicarlo y con los medios de apoyo que requiera”. A su estudio, dada su indudable relevancia se dedica el presenta trabajo, que aborda su origen y justificación, así como la problemática que encierra.