El nuevo artículo 3.2 de la ley orgánica de régimen electoral generalJustificación y problemática

  1. Luis A. Gálvez Muñoz 1
  1. 1 Universidad de Murcia
    info

    Universidad de Murcia

    Murcia, España

    ROR https://ror.org/03p3aeb86

Aldizkaria:
Asuntos Constitucionales

ISSN: 2660-9444

Argitalpen urtea: 2021

Zenbakia: 0

Orrialdeak: 95-104

Mota: Artikulua

Beste argitalpen batzuk: Asuntos Constitucionales

Laburpena

El nuevo contenido del artículo 3.2 de la Ley Orgánica del Régimen Electoral General, introducido por la Ley Orgánica 2/2018, de 5 de diciembre, de reforma de la misma para garantizar el derecho de sufragio de todas las personas con discapacidad, recoge la prescripción de que “toda persona podrá ejercer su derecho de sufragio activo, consciente, libre y voluntariamente, cualquiera que sea su forma de comunicarlo y con los medios de apoyo que requiera”. A su estudio, dada su indudable relevancia se dedica el presenta trabajo, que aborda su origen y justificación, así como la problemática que encierra.