Moral y Derecho en el siglo XXI
- 1 Universidad de Murcia, España
ISSN: 1692-2484, 2145-8529
Year of publication: 2021
Issue Title: Revista Filosofía UIS
Volume: 20
Issue: 1
Pages: 39-71
Type: Article
More publications in: Revista Filosofía UIS
Abstract
One of the greatest dilemmas of the Philosophy of Law is found in the moral content of the law. For centuries, hundreds of authors have discussed whether the law must necessarily have a certain axiological content to be valid, as well as the nature of such content, or whether it is enough for it to be approved by the legally established channels for its validity. In the present work we will examine the question based on the thinking of the most prominent philosophers of law today.
Bibliographic References
- Referencias Alexy, R. (1985). La idea de una teoría procesal de la argumentación jurídica. En E. Garzón Valdés, (ed.). Derecho y Filosofía (pp. 46-65). Alfa.
- Alexy, R. (1998). Sobre las relaciones necesarias entre el Derecho y la moral. En R. Vázquez (comp.). Derecho y moral, ensayos sobre un debate contemporáneo. (pp. 123-138). Gedisa.
- Alexy, R. (2001). Teoría de los Derechos Fundamentales. Centro de Estudios Políticos y Constitucionales.
- Alexy, R. (2004). El concepto y la validez del derecho. Gedisa.
- Alexy, R. (2005). Sobre la tesis de una conexión necesaria entre derecho y moral: la crítica de Bulygin. En P. Gaido (trad.). La pretensión de corrección del derecho. La polémica sobre la relación entre derecho y moral. Universidad Externado de Colombia.
- Alexy, R. (2010). La institucionalización de la justicia. Comares.
- Bobbio, N. (1993). El positivismo jurídico. Lecciones de filosofía del derecho reunidas por el profesor Nello Mora. (R. De Asís y A. Greppi, trads.). Debate.
- Bongiovanni, G. (2000). Teorie “costituzionalistiche” del diritto: Morale, diritto e interpretazione in R. Alexy e R. Dworkin. Clueb.
- Cruz Ortiz de Landázuri, L. M. (2006). Robert Alexy: la institucionalización de la justicia. Isegoría, Revista de filosofía moral y política, 35, 324-326.
- Díaz, E. (1989). Sociología y Filosofía del Derecho. Taurus.
- Dreier, R. (1985). Derecho y Moral. En E. Garzón (Ed.). Derecho y Filosofía (pp. 88-106). Alfa.
- Dworkin, R. (1984). Los derechos en serio (M. Guastavino, trad.). Ariel.
- Dworkin, R. (1992). El imperio de la justicia. Gedisa.
- Dworkin, R. (2007). La justicia con toga. Marcial Pons.
- Ferrajoli, L. (1997). Jurisdicción y democracia. Jueces para la democracia, (29), 3-9.
- García Figueroa, A. (1998). Principios y positivismo jurídico. El no positivismo principialista en las teorías de Ronald Dworkin y Robert Alexy. Centro de Estudios Políticos y Constitucionales.
- Habermas, J. (2002). Acción comunicativa y razón sin transcendencia. Paidós.
- Hart, H. L. A. (1963). El concepto de justicia (G. R. Carrió & A. Perrot, trads.). Buenos Aires.
- Iturralde Sesma, V. (2012). Acotaciones sobre el principio de unidad del razonamiento práctico. Anuario de Filosofía del Derecho, 12, 79-96.
- Hoerster, N. (1992). En defensa del positivismo jurídico (J. M. Seña, trad.). Gedisa.
- Melero de la Torre, M. C. (2009). La razón jurídica como modelo de razón pública: Rawls, Dworkin y el Derecho. Enrahonar: Quaderns de filosofía, 43, 83-109.
- Nino, C. S. (1988). Liberalismo “versus” comunitarismo. Revista del Centro de Estudios Constitucionales, 1, 363-376.
- Nino, C. S. (1989). Ética y derechos humanos. Ariel.
- Pastore, B. (2008). Universalismo contestuale. En Diritti umani: trasformazioni e reazione, a cura di Silvia Vida (pp. 21-47). Bononia University Press.
- Rawls, J. (1986). Justicia como equidad. Materiales para una teoría de la justicia. Tecnos.
- Rawls, J. (1996). El liberalismo político (A. Domènech, trad.). Crítica.
- Rawls, J. (1997). Teoría de la justicia. Fondo de Cultura Económica.