Un método manejable para juzgar con perspectiva de género en el orden de lo social

  1. Glòria Poyatos Matas
Dirigée par:
  1. María del Carmen López Aniorte Directrice
  2. Francisca María Ferrando García Directrice

Université de défendre: Universidad de Murcia

Fecha de defensa: 03 mai 2022

Jury:
  1. Faustino Cavas Martínez President
  2. Margarita Isabel Ramos Quintana Secrétaire
  3. Fernando Lousada Arochena Rapporteur
Département:
  1. Derecho del Trabajo y de la Seguridad Social

Type: Thèses

Résumé

La justicia real y judicial no caminan mano a mano. La discriminación arraigada en ilusiones cognitivas irracionales ha mutado y se ha adaptado al mundo democrático, haciéndose inmune a la ley. Los estereotipos ayudan a justificar las desigualdades de género. El sistema judicial no es consciente del impacto negativo que percepciones y prejuicios de género tienen en la forma de impartir justicia. Las decisiones judiciales, informadas por creencias y mitos preconcebidos, en lugar de hechos, pueden tener consecuencias perjudiciales y peligrosas, negando el acceso a una justicia equitativa y libre de prejuicios. Por ello, juzgar con perspectiva de género es necesario para proporcionar un acceso equitativo a la justicia. Hacer real el principio de igualdad, no permite neutralidad. Las posibles barreras necesitan ser identificadas y eliminadas para permitir juzgar con esta perspectiva, como criterio judicial de referencia, aquellos casos en que se comprometan relaciones asimétricas o estereotipos de género. Juzgar con perspectiva de género no es una tarea fácil. Este estudio doctoral compuesto de cinco capítulos analiza cómo este enfoque, guiado por el principio de mainstreaming, fue aplicado en contextos judiciales españoles e internacionales. También, desarrolla una nueva metodología para juzgar con perspectiva de género, cuyo objetivo es ayudar a quien se enfrenta en su trabajo diario con la responsabilidad crucial de impartir justicia efectiva, informada por estándares y legislación nacional e internacional. El primer capítulo introduce un marco filosófico para la justicia aplicada con perspectiva de género, que surge impulsada desde las teorías feministas del derecho que cuestionan la objetividad del ordenamiento jurídico que no representa la razón universal sino la de quienes detentan el poder patriarcal. La noción de “imparcialidad” es opresiva. Un nuevo modelo de igualdad vindicado en la diferencia social es necesario, para superar las limitaciones de un modelo basado en la comparación social. Estudios y teorías del campo psicosocial muestran cómo los estereotipos, categorizaciones y prejuicios funcionan a nivel cognitivo en el segundo capítulo. Usamos estas ilusiones cognitivas como verdades categóricas y guiones psicosociales para etiquetar a las personas. Cuando van más allá de nuestro tejido perceptivo, las identificamos como nuestra propia forma de pensar. Una técnica sistemática de argumentación vertical para administrar justicia equitativa se introduce en el tercer capítulo. Esta técnica se basa en jurisprudencia internacional, europea y española, que apoya el imperativo de juzgar con una perspectiva de género. El cuarto capítulo comenta los fundamentos de la justicia con perspectiva de género, basándose en teorías e investigaciones psicológicas. Se identifica la necesidad de proporcionar formación en derecho internacional antidiscriminatorio para quien trabaja o pueda llegar a trabajar en el sector judicial. Se exploran varios protocolos y guías existentes, para demostrar como este enfoque judicial se usa en distintos países. La educación se identifica como el antídoto necesario para franquear el uso de categorizaciones de género. El quinto capítulo explica cómo la nueva metodología propuesta para juzgar con perspectiva de género usa el orden de lo social, como referente, para facilitar una hermenéutica judicial de género, que se puede aplicar a todas las fases del proceso social. Esta se puede resumir en tres acciones concretas: a) identificar desde el análisis crítico judicial, b) corregir integrando una perspectiva de género, c) compensar mediante una justicia reparadora, preventiva y transformativa. Dos mapas jurídicos de género se incluyen en el Anexo, a modo de resumen visual sintetizado. El estudio concluye en que hay dos enfoques distintos en la manera de administrar justicia. Uno, formal y mecánico, que perpetua las asimetrías sociales de género. Mientras el otro, administra justicia equitativa con una perspectiva de género, contribuyendo así hacia una sociedad más justa y equitativa.