Magistratura profesional, independencia y responsabilidad. Las claves francesas de la modernidad

  1. PARDO LÓPEZ MARÍA MAGNOLIA
Zuzendaria:
  1. Ángel Garrorena Morales Zuzendaria
  2. Luis María Díez-Picazo Giménez Zuzendarikidea

Defentsa unibertsitatea: Universidad de Murcia

Fecha de defensa: 2005(e)ko iraila-(a)k 09

Epaimahaia:
  1. Manuel Aragón Reyes Presidentea
  2. Luis Aguiar de Luque Idazkaria
  3. Luis María López Guerra Kidea
  4. Ángel Alba Osuna Kidea
  5. Mariano García Canales Kidea

Mota: Tesia

Teseo: 125652 DIALNET

Laburpena

El trabajo presentado para la obtención del grado de doctor pretende volver la Historia de la Administración de Justicia, haciendo un repaso de la evolución histórica de los conceptos e instituciones en la función de juzgar. Dos lugares comunes son sometidos a revisión y matización: la contraposición, jurídicamente hablando, entre el mundo continental, de un lado, y la aportación de la Revolución francesa a la Administración de Justicia, institucional y funcionalmente hablando, de otro. Sorprende encontrar un sustrato compartido por la Europa continental y el mundo anglosajón, no sólo político sino también judicial, aunque a partir del siglo XIII las instituciones comiencen a distanciarse. Bajo las diferencias de método y de forma, subyace una esencia común: el principio medieval de autonomía de la Magistratura: la importancia capital de la imparcialidad, valor y deber primer del juez, en la función de administrar justicia, el valor de la deontología judicial; el uso reglado de la equidad.. También sorprende descubrir que la aportación francesa, siendo innegable, no es propiamente revolucionaria. El legado técnico del Antiguo Régimen es más denso de lo habitualmente expuesto: jurisprudencia, motivación de acuerdos, casación, recusación, apelación..muchos de estos institutos aparecen plenamente perfilados en el siglo XVIII, otros ofrecen antecedentes nada despreciables. Por encima de todas las aportaciones de Francia a la Administración de Justicia europea merece especial mención la Magistratura profesional, incorrectamente denominada napoleónica, pues estaríamos ante una institución monárquica de origen bajomedieval. La posición atribuida actualmente a los jueces, en el todo del Estado y la caracterización de la función de juzgar tras la Revolución tienen su clara explicación en los exorbitantes poderes y la actuación política de estas poderosas compañías judiciales, los Parlamentarios f