La protección de la seguridad y la salud en el trabajo autónomo común desde la vertiente preventiva

  1. Rodriguez Egio, Maria De Monserrate
Dirigida por:
  1. María del Carmen López Aniorte Directora
  2. Faustino Cavas Martínez Director

Universidad de defensa: Universidad de Murcia

Fecha de defensa: 10 de noviembre de 2017

Tribunal:
  1. Antonio Vicente Sempere Navarro Presidente/a
  2. Jesús M. Galiana Moreno Secretario/a
  3. Elena Signorini Vocal
Departamento:
  1. Derecho del Trabajo y de la Seguridad Social

Tipo: Tesis

Resumen

Cualquier actividad económica o profesional puede desarrollarse bajo la fórmula del autoempleo. Incluso, en tiempos de crisis, esta modalidad de trabajo permite dar una respuesta rápida y flexible a nuevas necesidades sociales que demanda el mercado laboral y que, además, suponen una oportunidad de negocio. Se trata, solo a título de ejemplo, del servicio de atención a personas dependientes y mayores, del teletrabajo por cuenta propia, de las nuevas fórmulas comerciales que surgen merced a la utilización de las nuevas tecnologías, del trabajo autónomo en el ámbito de la economía colaborativa, o de la actividad por cuenta propia en régimen de coworking. Este trabajo de investigación tiene como objetivo analizar de forma crítica, utilizado la metodología jurídica, el marco jurídico vigente en materia de prevención de riesgos laborales aplicable al trabajo autónomo común, y de manera especial, el que se aplica a quien trabaja por cuenta propia sin personas asalariadas a su cargo, figura a la que se refiere este estudio con el acrónimo TACSA. Este análisis persigue comprobar si la LETA -norma marco en la materia- garantiza, de forma adecuada, el derecho a la integridad física y, concretamente, a la seguridad y salud en el trabajo, reconocidos en la propia LETA, y cuáles son los efectos más relevantes de dicha normativa en materia de protección social. En el primer capítulo se analizan las características del trabajo decente en los términos definidos por la OIT, en el entendimiento de que aquellas deben ser aplicadas al trabajo autónomo, so pena de que quedar este relegado al ámbito de la economía informal y catalogado como trabajo vulnerable. El segundo capítulo se dedica al estudio de la delimitación del trabajo autónomo y al régimen de cobertura de las contingencias profesionales en el mismo, como presupuestos de partida para el análisis que se realiza en los capítulos siguientes respecto de la necesidad de configurar un marco normativo en materia de prevención de riesgos laborales aplicable a quien desarrolla un trabajo autónomo común. Una vez analizado el concepto de trabajo autónomo incluido en el art. 1.1 LETA y en la LGSS (art.305) a los efectos de su encuadramiento en el RETA, en el Capítulo segundo se procede al análisis, de forma breve, del tratamiento que las normas de seguridad social conceden al accidente de trabajo y a la enfermedad profesional, habida cuenta que si bien es necesario otorgar una protección social adecuada a quien ha visto perjudicada su salud por causas de origen laboral, lo es, si cabe más, anticiparse al daño, es decir, establecer un marco jurídico suficiente y adecuado en materia de prevención de riesgos laborales dirigido a proteger la seguridad y salud de quien trabaja por cuenta propia l. El tercer capítulo se centra en el análisis de los elementos subjetivos del concepto de trabajo autónomo, concretamente, en la intervención de la persona física y en las principales características que, desde el punto de vista de la prevención de riesgos laborales, es preciso tener en cuenta como posibles factores de riesgo para garantizar, de forma efectiva, el derecho a la integridad física y a la seguridad y salud en el trabajo. En el Capítulo cuarto se completa el análisis de los presupuestos de partida que las normas de prevención en el trabajo autónomo deben tener en cuenta, con el estudio de las características o condiciones en las que este se desarrolla, y en particular, a través del estudio de los elementos objetivos del concepto de trabajo autónomo, es decir, las características propias del trabajo por cuenta propia, recogidas en la LETA y en la LGSS, como factores de riesgo que exigen un adecuado marco jurídico en materia de prevención de riesgos laborales no solo para garantizar la seguridad y salud de quien realiza un trabajo de esta naturaleza sino para evitar un dumping preventivo entre empresas. Una vez realizado el estudio de la intervención de la persona física y de sus características personales, formando parte del elemento subjetivo del concepto de trabajo autónomo que se infiere de la LETA y de la LGSS, y de los elementos objetivos del concepto de trabajo autónomo, en el Capítulo quinto se analiza de forma crítica el marco jurídico vigente en materia de prevención de riesgos laborales aplicable al trabajo autónomo común, y en particular, a la figura de la persona TACSA. El trabajo concluye denunciando la insuficiencia del marco jurídico vigente en materia de prevención de riesgos laborales en el trabajo autónomo común y los desajustes que este déficit provoca en materia de seguridad social, a la vez que se aportan propuestas de mejora para garantizar el derecho a la integridad física y, concretamente, a la seguridad y salud en el trabajo de las personas que trabajan por cuenta propia.