Pericia médicavaloración de los supuestos contemplados en los artículos 20 y 21 del código penal relacionados con las toxicomanías
- ARGENTE DEL CASTILLO DE LA TORRE MARIA
- Aurelio Luna Maldonado Directeur
- Eduardo Javier Osuna Carrillo-Albornoz Co-directeur
Université de défendre: Universidad de Murcia
Année de défendre: 2000
- Enrique Quiñonero Cervantes President
- María Dolores Pérez Cárceles Secrétaire
- César Borobia Fernández Rapporteur
- Juan Jose Carrasco Gomez Rapporteur
- Maximiliano Gómez Zapata Rapporteur
Type: Thèses
Résumé
Es de todos conocido la génesis que en las conductas delictivas tiene la dependencia a una sustancia psicoactiva. Cicerónen si obra "De Oficis" habla del perito como aquella persona sabia, práctica ó experta en una ciencia o arte. Por otra parte el Magistrado Brabero Santos nos comenta: "que al juez corresponde la soberanía del juicio valorativo y al perito la soberanía de su especialidad, siendo un mero auxiliar del juzgador no raras veces es quien decide el juicio". El Tribunal Supremo recomienda, siempre, que para que a un sujeto adicto a drogas, que acaba de cometer un delito, se le puedan aplicar circunstancias modificativas de responsabilidad criminal, en sus diferentes vertientes: atenuante analógica, eximente incompleta o eximente completa, es imprescindible, que se demuestre, que en el momento de la comisión de dicho acto delictivo, el sujeto se veía influido por la adicción a esas drogas, en diferentes grados como mera adición (irrelevante), intoxicación o Síndrome de abstinencia que sería el que verdaderamente pudiera disminuir su imputabilidad. En esta memoria hemos estudiado sentencias que se refieren a delitos cometidos, por individuos, bajo la influencia de estupefacientes, valorando los distintos informes periciales que se recogen en el proceso, estudiando todos los datos propios de los informes, signos clínicos, datos objetivos, pruebas de laboratorio, y la influencia que estos informes tienen en las distintas partes que intervienen en el proceso penal, como finalmente en el Tribunal sentenciador, a la hora de aplicar una circunstancia modificativa de responsabilidad criminal. Las conclusiones han sido contundentes, los Tribunales aplican con facilidad estas circunstancias modificativas de responsabilidad criminal, aunque no siempre los informes recogidos muestran los requerimientos mínimos que tanto el Código Penal como el Tribunal Supremo solicitan a la hora de aplicar estas circunstan