El estatuto jurídíco de las asociaciones de consumidores en el marco del Estado social
- Luis A. Gálvez Muñoz Zuzendaria
Defentsa unibertsitatea: Universidad de Murcia
Fecha de defensa: 2009(e)ko abendua-(a)k 21
- Ángel Garrorena Morales Presidentea
- Mariano García Canales Idazkaria
- Antonio Torres del Moral Kidea
- Manuel Izquierdo Carrasco Kidea
- Ascensión Elvira Perales Kidea
Mota: Tesia
Laburpena
La consideración del ciudadano como consumidor y, como tal, merecedor de una especial protección, es algo muy reciente en nuestra historia jurídica. Sin embargo, a pesar de su juventud, el movimiento de protección de los consumidores, ha irrumpido con gran vigor en todos los órdenes de la vida social. Así, en pocas décadas, las asociaciones de consumidores, principal motor de este movimiento, se han consolidado como entidades esenciales para el adecuado funcionamiento de nuestro sistema económico. Y ello es así porque nos encontramos ante un tipo de asociaciones que cumplen una destacada misión para el funcionamiento de la economía de mercado, derivado de la propia configuración social del Estado: servir de puente para la participación de los ciudadanos en la economía, para corregir las desviaciones del sistema de mercado. De este modo, la Constitución Española, al establecer en su artículo 38 el modelo económico que ha de tener el Estado social y democrático de Derecho que instaura -y que no es otro que el de libertad de empresa en el marco de la economía de mercado-, se apresura a someterlo a "las exigencias de la economía general", en sintonía con el carácter social que la inspira. No cabe duda de que la economía de mercado, como marco de la libertad de empresa, se basa en la libre elección de los ciudadanos, condición imprescindible para que exista competencia y para que, por consiguiente, pueda funcionar el sistema económico definido constitucionalmente. Ahora bien, en este modelo económico de libre mercado se precisa de la acción colectiva de los consumidores para equilibrar su posición respecto de los poderosos grupos empresariales que operan en el mismo, así como para ejercer la interlocución social ante las organizaciones administrativas en aquellos temas que afecten a sus legítimos intereses. Las asociaciones de consumidores se nos presentan como un auténtico contrapoder en el mercado, un elemento compensador para conseguir un equilibrio social entre empresa y consumidor, precisándose para ello de la promoción desde el Estado de los procesos asociativos de los mismos, con la finalidad de fortalecer su posición negociadora en el mercado. La Constitución Española de 1978, en correspondencia con su modernidad, proclamó en su artículo 51 los derechos de los consumidores y usuarios, encomendando a los poderes públicos el fomento de sus organizaciones, a las que deberán oír en las cuestiones que puedan afectar a los mismos. De este modo, la Carta Magna se hace eco del importante papel que las asociaciones de consumidores están llamadas a desempeñar en el Estado social, distinguiéndolas expresamente del resto de manifestaciones asociativas al atribuirle una función específica: servir de instrumentos para el ejercicio del derecho de audiencia de los consumidores. El objeto de esta tesis doctoral, como se desprende de su propio enunciado, se centra en la determinación del estatuto jurídico que el Estado social que se define en la Constitución Española atribuye a las asociaciones de consumidores. Un estatuto que está marcado, en gran medida, por el sistema distribución competencial que en ella se establece, ya que de él se va a derivar la capacidad del Estado y de las Comunidades Autónomas para establecer su régimen normativo. Con esta investigación se ha pretendido, por tanto, definir el estatuto jurídico de las asociaciones de consumidores como elementos indispensables para que el Estado pueda dar cumplimiento a su función social, a las que la Carta Magna asigna de modo expreso el cometido de representar a los consumidores en relación con el derecho de participación en los asuntos que, como tales, les afecten y cuya regulación se encuentra contenida, principalmente, en la Ley orgánica 1/2002, de 22 de marzo, reguladora del derecho de asociación, en el Real Decreto Legislativo 1/2007, de 16 de noviembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios y otras leyes complementarias, así como en las leyes autonómicas de protección a los consumidores, tal como veremos con detalle en el momento oportuno. Para acometer tal tarea, se ha estructurado la obra en siete capítulos, que van desde el posicionamiento general de las asociaciones en el modelo económico occidental y su concreción en los diferentes Ordenamientos hasta el concreto estatuto jurídico del que gozan en el Estado social que diseña la Constitución, sin olvidar las repercusiones que en este ámbito se derivan de nuestra integración en la Unión Europea. El capítulo I lleva por título "el movimiento asociativo consumerista: consideraciones generales". En él se van a caracterizar a estas organizaciones en el ámbito del sistema económico de libre mercado, estudiando los fundamentos de tal modelo económico, para determinar si la existencia de las asociaciones de consumidores resulta imprescindible para el correcto funcionamiento del mismo. Además se analiza la propia naturaleza de estas asociaciones, estableciendo diferentes modelos en función de cómo desarrollan la función de posibilitar la participación de los consumidores en el sistema económico y definiendo cómo lo hacen. El capítulo II se titula "las asociaciones de consumidores en el contexto internacional". El él se estudia a la dimensión mundial de este movimiento, que ha experimentado un vertiginoso desarrollo consecuencia del proceso globalizador de la economía. Pero además, el carácter internacional del movimiento asociativo de los consumidores hace que se manifieste también dentro del ámbito de los propios Estados. Por ello, en primer lugar, con el objetivo de constatar si su presencia está condicionada por el grado de desarrollo económico y social de los mismos, se estudia la presencia del movimiento tanto en los países industrializados como en los que se encuentran en vías de desarrollo. En segundo lugar, se analiza el sistema de articulación del movimiento consumerista de aquellos Estados que, por servir de referencia a otros, son paradigmáticos en este ámbito, prestando especial interés en la configuración de las organizaciones de consumidores de los países con los que España comparte el espacio político, económico y social que supone la Unión Europea. El capitulo III de la obra, lleva por título "la protección de los consumidores en la Unión Europea. Especial referencia al derecho de participación". En él se analiza la regulación que el Derecho comunitario ha realizado de la defensa de los consumidores y de la participación de sus organizaciones en el diseño de la política común, analizando el acervo legislativo comunitario con el objetivo de determinar si existe un auténtico sistema de protección al consumidor común a todos los países que la integran, cuyas atribuciones alcancen a la regulación de las asociaciones de consumidores de los Estados miembros. Los capítulos IV y V de esta obra versan sobre el tratamiento que el bloque de la constitucionalidad otorga a las asociaciones de consumidores. Así, en el capítulo IV, que lleva por título "el marco constitucional de las asociaciones de consumidores", se estudia la naturaleza jurídica y las características que han de tener estas organizaciones conforme al Texto Constitucional para poder cumplir el papel asignado por ella en el Estado Social. Por su parte, en el capítulo V, titulado "la distribución de competencias entre el Estado y las Comunidades Autónomas en materia de asociaciones de consumidores", se examina pormenorizadamente la repercusión que tiene respecto de estas asociaciones el derecho fundamental de asociación y el alcance de las competencias del Estado y de las Comunidades Autónomas, tanto en materia de asociaciones como de defensa de los consumidores, para regular el régimen jurídico de estas entidades. Los capítulos VI y VII de este trabajo de investigación tienen como objeto la definición del estatuto jurídico de las asociaciones de consumidores en el Estado autonómico, conforme al sistema de reparto competencial fijado en los capítulos anteriores. El capítulo VI, lleva por título "marco orgánico y régimen jurídico básico de las asociaciones de consumidores"; en él se tratan aquellos aspectos del estatuto jurídico de estas organizaciones que, bien por tener naturaleza orgánica, bien por haber sido dictadas en virtud de competencias estatales para ello, son de aplicación a todas las asociaciones de consumidores del Estado. Por su parte, el capítulo VII, titulado "la regulación específica de las asociaciones de consumidores", analiza tanto el régimen jurídico de las asociaciones de carácter supraautonómico, como el dictado por las Comunidades Autónomas en el ejercicio de sus distintas competencias para regular aquellas asociaciones cuyo ámbito principal de actuación no rebase el territorio de la correspondiente Comunidad Autónoma. En fin, la presente obra finaliza con un capítulo de "conclusiones". En él se recogen los resultados fundamentales de la investigación, de cara a plantear, de un lado, el esquema jurídico-constitucional configurador del estatuto jurídico de la asociaciones de consumidores, y de otro, las propuestas de reforma que entendemos se precisan acometer para ajustar el régimen jurídico de las asociaciones de consumidores a las necesidades derivadas del importante papel que la Constitución les encomienda realizar en el Estado social.