El despido como herramienta de reestructuración de las empresas y de las administraciones públicas

  1. Agudo Valdés, María Dolores
Dirigida por:
  1. Alejandra Selma Penalva Directora
  2. María del Carmen López Aniorte Directora

Universidad de defensa: Universidad de Murcia

Fecha de defensa: 08 de febrero de 2016

Tribunal:
  1. Faustino Cavas Martínez Presidente
  2. Francisco Trillo Párraga Secretario/a
  3. Inmaculada Marín Alonso Vocal
Departamento:
  1. Derecho del Trabajo y de la Seguridad Social

Tipo: Tesis

Resumen

1- OBJETIVOS: La tesis cuyo proyecto se presenta, tiene como objeto realizar un análisis jurídico exhaustivo de las modalidades de extinción de la relación laboral con mayor trascendencia en los últimos años: los despidos por causas económicas, técnicas, organizativas, y de producción, entre los que se dedica especial atención a los de origen económico. Concretamente, hemos abordado el análisis, para cada modalidad extintiva, de la causa del despido o extinción, sus efectos jurídicos, el procedimiento de impugnación y las consecuencias de la calificación jurídica realizada por el órgano judicial competente. En una primera parte del estudio hemos analizado el régimen jurídico extintivo existente antes de la reforma laboral de 2012, y en una segunda parte la regulación vigente tras la mencionada reforma. A nuestro juicio, sólo será posible realizar un análisis profundo y una valoración crítica de la materia sobre la que se centra nuestra investigación, si se conocen con detenimiento los antecedentes de la institución jurídica analizada. Nuestro objeto de estudio no se ha limitado al análisis del régimen jurídico de las extinciones que se producen en el sector privado, sino que se ha extendido a los despidos por causas económicas, técnicas organizativas o productivas que afectan al personal laboral de las Administraciones Públicas, y al examen de la respuesta ofrecida por los jueces y tribunales del orden social ante las impugnaciones de los trabajadores afectados. 2- METODOLOGÍA: Para la elaboración de este trabajo de investigación se ha seguido una metodología prácticamente teórica, tanto en lo referente al estudio del sector público como privado. En ambos casos su desarrollo parte de una revisión bibliográfica, que ha permitido establecer una reflexión teórica y estructurar las ideas sobre el objeto de estudio, así como revisar y replantear las hipótesis de trabajo y los objetivos del mismo. Dada la fuerte interacción de los elementos y procesos a estudiar, este marco teórico presenta una visión integradora, imprescindible para explicar de forma conjunta los cambios producidos en los últimos años en nuestro ordenamiento jurídico. 3- CONCLUSIONES: Como hemos visto a lo largo del presente estudio, la reforma laboral introducida en el año 2012, a través el RDL 3/2012 de 10 de febrero y de la Ley 3/2012 de 6 de Julio, han supuesto el inicio de un proceso de revisión y cambio en el régimen jurídico de este tipo de despidos; provocando así, la flexibilización de la regulación de esta modalidad de despidos en el sistema español, mediante un mecanismo ágil y eficiente, que permite a empresarios reestructurar su personal en situaciones complicadas de crisis económica, provocando a su vez una mayor libertad de gestión empresarial, tanto a nivel privado, como público, debido a que tras la reforma laboral operada en 2012, se prevé la posibilidad de realizar expedientes de regulación de empleo en el Sector Público, en este caso, como hemos visto a lo largo del desarrollo del presente estudio, muchos autores consideran muy discutible que se puedan tramitar despidos colectivos y objetivos por las Administraciones Públicas, y en todo caso, habría que aplicar las garantías adicionales que contempla el Estatuto Básico del Empleado Público, como es la tramitación de un Plan de Ordenación de Recursos Humanos, que afecte no sólo al personal laboral sino también al funcionario y se contemple medidas organizativas y no extintivas. Sin embargo existen numerosos planteamientos doctrinales y judiciales que admiten, sin más, la aplicación de las causas del despido colectivo u objetivo a las Administraciones Públicas. En definitiva, quienes esperaban haberlo visto todo en el proceso laboral, no imaginaban lo que nos tenía preparado el legislador tras la publicación del RDL 3/2012 en un terreno de tanta sensibilidad social y procesal como es el despido.