Convenio sobre las enfermedades profesionales (revisado) 1934 (núm. 42)
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Universitat d'Alacant
info
ISSN: 2282-2313
Año de publicación: 2019
Título del ejemplar: Conmemoración del Centenario de la OIT, 2019
Volumen: 7
Número: 0
Páginas: 651-660
Tipo: Artículo
Otras publicaciones en: Revista Internacional y Comparada de Relaciones Laborales y Derecho del Empleo
Resumen
El Convenio OIT (núm. 42), adoptado el 21 de junio de 1934, con fecha de entrada en vigor el 17 de junio de 1936, y ratificado por España el 12 de mayo de 1958, no es ni mucho menos un Convenio destacable, ni relevante, dentro del acervo normativo de la Organización. No es ni un Convenio problemático ni con contenido encomiable, pues, como su antecesor, carece de contenido concreto sobre la materia. Al igual que el anterior, es un Convenio que la OIT clasifica dentro el tema de Seguridad Social y que no se consideran ni fundamentales ni prioritarios. El Convenio ha sido ratificado por 53 países. Consta de un preámbulo y 9 artículos, cuyo contenido es escaso. Para la OIT se consideran enfermedades profesionales las enfermedades y las intoxicaciones producidas por las substancias incluidas en el cuadro de su art. 2, cuando las mismas afecten a los trabajadores pertenecientes a las industrias, profesiones u operaciones correspondientes en el citado cuadro y resulten del trabajo en una empresa sujeta a la legislación nacional.