Las obligaciones empresariales para la protección de las personas trabajadoras maduras en los despidos colectivos

  1. Cegarra, Felipe
Dirigida por:
  1. Francisca María Ferrando García Directora
  2. Faustino Cavas Martínez Director

Universidad de defensa: Universidad de Murcia

Fecha de defensa: 22 de febrero de 2022

Tribunal:
  1. Carolina San Martín Mazzucconi Presidente/a
  2. Alejandra Selma Penalva Secretaria
  3. Francisco Javier Fernández Orrico Vocal
Departamento:
  1. Derecho del Trabajo y de la Seguridad Social

Tipo: Tesis

Resumen

La tesis ha versado sobre la incidencia que, dentro del ámbito del despido colectivo, tienen dos circunstancias que se relacionan estrechamente y que son comunes a todas las personas: la edad y el trabajo. Cuando estos dos elementos se combinan entre sí, se constata que la mayor edad es inversamente proporcional a la empleabilidad. Pese a estar circunstancia, el sostenimiento de nuestro sistema de pensiones precisa del aumento de las contribuciones y del retraso paulatino de la edad de jubilación. Han sido numerosos los estudios que han analizado el régimen jurídico del despido colectivo y los que han dado visibilidad al fenómeno del "edadismo" y a los problemas que lleva aparejados. No obstante, seguía pendiente un acercamiento que abordase de manera completa y sistematizada los distintos instrumentos jurídicos que ha ido incorporando el legislador en el régimen jurídico del despido colectivo, para proteger a las personas de edad afectadas por el mismo. Para tal fin, como método de trabajo, se ha optado por desarrollar en capítulos separados cada uno de los ejes de la investigación. En primer lugar, se ha prestado atención a la repercusión que la edad tiene en la permanencia de la persona trabajadora en nuestro mercado de trabajo y a la lucha frente a la discriminación por razón de la edad, bien mediante disposiciones legales, bien mediante la doctrina de los tribunales, incluyendo el tratamiento dispensado por el Tribunal de Justicia de la Unión Europea. Para finalizar el primer capítulo, ha resultado oportuno llevar a cabo una breve aproximación a las notas esenciales del régimen jurídico del despido colectivo que pone en el contexto adecuado los siguientes bloques de la tesis. El segundo capítulo está referido a la aportación económica que deben efectuar al Tesoro Público las empresas o grupos de empresas que contabilicen beneficios y despidan a personas mayores de cincuenta años. Se trata de una institución jurídica, inicialmente creada "ad hoc" como consecuencia de la reestructuración anunciada por Telefónica en 2011, ya que ponía el foco de los afectados en las personas maduras, pero que (mediante las sucesivas reformas) ha ido ampliando su espectro. El convenio especial de Seguridad Social ha sido objeto de estudio en el capítulo tercero, donde se comparte la opinión de aquellos autores que han analizado previamente esta figura en el sentido de que encaja con dificultad en el concepto de "situación asimilada al alta" y en la noción tradicional de convenio especial. Piénsese que se trata de un medio de aseguramiento que comprende determinadas contingencias, cuyo coste comparten en fases distintas empresario y persona trabajadora, resultado de suscripción voluntaria para este último. Los requisitos a los que debe hacer frente la empresa no se agotan en las anteriores y también se basan en el respeto de la prioridad de permanencia a favor de las personas maduras que puede ser acordada mediante convenio colectivo o durante el período de consultas del despido colectivo, por un lado, y en la incorporación (como medida social que trate de reducir los efectos negativos del despido, de un plan de recolocación, por el otro. Precisamente, el capítulo cuarto estudiará de una manera crítica la regulación de ambas figuras. Como epílogo a las obligaciones descritas, el capítulo quinto se reserva para una medida que no tiene la condición de obligación propiamente dicha, pero que planea de manera incesante en todas las reestructuraciones empresariales: las prejubilaciones. En los capítulos dedicados a la aportación al Tesoro, al convenio especial de Seguridad Social y al plan de recolocación, se ha presentado una propuesta partidaria de una regulación alternativa o de introducir determinados cambios en la regulación actual de cada una de estas instituciones, a los efectos de ofrecer un tratamiento mucho más coordinado, sencillo y sistematizado. Todo ello queda recapitulado de manera mucho más armonizada en las conclusiones finales de la tesis. El enfoque metodológico se ha basado en el estudio de la doctrina más autorizada, la normativa aplicable, el derecho comparado en determinadas instituciones y en las diversas resoluciones judiciales que han arrojado luz sobre la problemática que suele envolver a las reestructuraciones laborales articuladas mediante el despido colectivo. Esta sistemática ha quedado complementada con el contacto con los responsables de implementar estas obligaciones en la Inspección de Trabajo y Seguridad Social, la Dirección General de Empleo y con el Servicio Público de Empleo Estatal.