La justicia restaurativa en el ámbito juvenilreflexión de un cambio de paradigma frente al análisis de las medidas adoptadas en Montevideo y Andalucía

  1. Barboni Pekmezian, Lucia
Dirixida por:
  1. Javier Valls Prieto Director

Universidade de defensa: Universidad de Granada

Fecha de defensa: 19 de setembro de 2015

Tribunal:
  1. Lorenzo Morillas Cueva Presidente/a
  2. María Inmaculada Ramos Tapia Secretario/a
  3. Ana Isabel Pérez Machío Vogal
  4. Jaime Miguel Peris Riera Vogal
  5. María José Cruz Blanca Vogal

Tipo: Tese

Resumo

En el ámbito de justicia penal juvenil, a nivel mundial, nos encontramos frecuentemente con los siguientes titulares: la presencia de la delincuencia juvenil; el supuesto incremento del miedo de la sociedad y de violencia; el dudoso lugar que ocupa el derecho de las víctimas a ser protegidas por el sistema de justicia; la falta de correspondencia entre la práctica y la teoría de las leyes; la urgencia de las reformas legislativas como solución inmediata. Es desde estos hechos que ¿en mayor y menor medida¿ ocurren en diversos marcos socio¿culturales, que decidimos situarnos en el contexto español y uruguayo y desde ellos, analizar la situación de la adolescencia en infracción de los últimos años, registrada en las regiones seleccionadas; Andalucía y Montevideo. Este trabajo comenzó como una idea general de delincuencia cometida por adolescentes, en un marco comparativo de dos países que en un principio parecían diferir ampliamente, tanto por sus características demográficas como por los primeros resultados que la investigación fue ofreciendo. Sin embargo, en la medida que comenzamos a profundizar y analizar los ideales básicos de los sistemas jurídicos de Uruguay y España, nos encontramos con más similitudes que divergencias. El factor que remarcó fundamentalmente dichas similitudes, fue el análisis de los modelos de justicia existentes, su aplicación y sus finalidades, y también la inclusión del modelo de Justicia Restaurativa (ejecutado en algunos países como Bélgica) en la investigación, un modelo con verdaderas divergencias en relación a los otros. Tal y como expresa WRIGHT (1996; 23), los procesos judiciales se basan fundamentalmente en definir ¿quién es culpable y quien no, quien gana el juicio y quien lo pierde¿.Tal vez esta haya sido una de las ideas más inspiradoras a la hora de iniciar esta investigación. El desarrollo de este trabajo, parte en cierta medida de los cuestionamientos, personales y de referentes, encontrados durante la investigación bibliográfica, en relación al real seguimiento del interés superior del menor en la práctica y dentro de lo que éste abarca, el respeto de los derechos inherentes a los niños y adolescentes, en el marco general, pero puntualmente en nuestro contexto de interés: la responsabilidad penal, las respuestas ante ésta y su eficacia. La descripción del proceso judicial de WRIGHT(1996; 23), ha servido de base para los primeros planteamientos en relación a la justicia juvenil de esta tesis y fundamentalmente para el interés por la situación actual, no solo de la delincuencia cometida por jóvenes, sino de la forma en la que se llevan a cabo los procesos y los tipos de respuesta penales que se adoptan. Una de las grandes interrogantes es, si realmente en la práctica de la justicia juvenil, el fin de las leyes se cumple, o se trata de un mero proceso de culpabilizar, en el que quedan un sinfín de cuestiones desatendidas y algún que otro derecho vulnerado. WRIGHT (1996; 188) también plantea otra idea sumamente significativa, y es que los modelos de justicia deberían estar elaborados en pro de hacer responsable a quienes cometen delitos, pero de una forma no estigmatizante, sino constructiva y útil, a través de la reparación del daño e involucrando a las víctimas directas, e indirectas del mismo. Pensamos que la inclusión de la reparación del daño y la responsabilización por el mismo, son ideas y posibilidades, que engloban a la perfección la postura de este trabajo y la motivación del mismo. Pues entendemos que desde este tipo de modelo, podremos trabajar a nivel multidisciplinario, no solamente abarcando la finalidad de la intervención de la justicia desde una mera sanción, sino la forma en la que el equipo técnico podrá aportar desde dicha intervención. Veremos cómo en el mundo del delito y las infracciones, existen múltiples cuestiones pertenecientes a otras esferas que se encuentran influyendo constantemente, y que evidentemente, no pueden ser contempladas únicamente desde el Derecho. Conflictos sociales, carencias, negligencias, desprotección, recursos humanos insuficientes, corrupción. Todo lo anterior, sumado a tantas otras variables, hace que este trabajo tienda a visualizar la adolescencia en infracción, también desde lo social y lo psicológico, pues de lo contrario, estaríamos sobre-exigiendo al Derecho el contemplar asuntos que no le corresponden y estaríamos dejando un importante vacío para el entendimiento y análisis de este fenómeno. La situación de Uruguay, es alarmante y ha influido de forma directa en la motivación de este estudio. Justamente en relación a los objetivos de la justicia juvenil y la distancia existente entre el discurso y la realidad, la Comisión Interamericana de Derechos Humanos, plantea cómo las buenas prácticas en el ámbito son excepcionales en el continente, estando por el contrario, plagadas de discriminación, violencia, abuso de privación de libertad y carencias en cuanto a la especialización de los profesionales que están en el área. En el informe realizado en 2011 por CIDH (2011; 11), se registran significativos datos en relación a abusos, privación de derechos, penalizaciones por ¿situaciones sociales¿ y no por infracciones a la ley, incumplimientos de garantías en los procesos, inadecuación en la estructura y mantenimiento de los centros, negligencia policial y otros tratos inhumanos y degradantes. A pesar de las similitudes, cada modelo o sistema de justicia tiene una base, en la cual se asientan conceptos claves, a través de los cuales se redactan legislaciones y conforme a esto se establece un tipo de vínculo con la sociedad. Un vínculo que puede darse a través del miedo, en aquellos sistemas donde la amenaza es la función principal de las leyes; pero también a través de la prevención, de la responsabilidad, o de la rehabilitación. En cada modelo va a medirse su eficacia según distintas metodologías y criterios, y esta es una de las tantas razones que hacen que la comparación sea tan compleja, pues todo depende si por eficacia entendemos descender los índices de reincidencia, las cifras de delitos, la violencia ejercida en los mismos, etc. Es nuestro objetivo estudiar la legislación existente en materia de justicia penal juvenil de las regiones, enfocándonos en el catálogo de medidas sancionadoras que estas ofrecen y repensando su funcionalidad acorde a lo que las normativas internacionales recomiendan, contrastando la teoría, con lo que cifras estadísticas oficiales revelan de las realidades de cada región. Pues el crimen ha sido desde siempre un tema de debate y estudio en todos sus ámbitos, y de su mano, el castigo, reflejando ambos, tal y como expresa ITURRALDE (2007; 21) , una parte vital de la cultura de una sociedad, sus creencias, prácticas, visiones y miedos. El tronco de esta investigación es el análisis de las medidas sancionadoras aplicadas a los adolescentes entre 2009 y 2012, incluidas en las legislaciones de responsabilidad penal de España y Uruguay en la jurisdicción correspondiente. Sin embargo, la investigación del tema en el ámbito internacional nos ha alentado a ampliar los horizontes de análisis y tras los resultados que ofrece el estudio de la situación de ambos países, poder pensar en otras posibilidades en lo que refiere al modelo de justicia juvenil.Es imposible hacer referencia a la evaluación del funcionamiento de un país en el marco jurídico sin explorar a su vez lo que está ocurriendo en dicho ámbito en otras partes del mundo. En todos los sectores, pero aquí y ahora, puntualmente en el que a nosotros nos interesa, debemos tener en cuenta la cantidad de factores que influyen y presionan en las decisiones de los legisladores, las normativas internacionales en juego, las constantes transiciones culturales. Es por esto que nos ha interesado especialmente desde el inicio, la posibilidad de aplicar el derecho comparado y con él enriquecer nuestro trabajo a modo de poder incluir en su análisis, diferentes lentes con las cuales observar al adolescente en infracción. Partimos de la hipótesis de que tanto en Uruguay, como en España, se está ejerciendo una respuesta penal severa a los delitos cometidos por menores de 18 años, no respetándose la excepcionalidad del uso de medidas privativas de libertad. Continuando a nivel hipotético, lo anterior, se acompaña de un posible incremento de la cantidad de hechos delictivos en los últimos años y del grado de violencia de los delitos en cuestión, que estaría promoviendo la adopción de medidas privativas de libertad. En relación a los contenidos de esta tesis, damos inicio a la misma a través de aquellas aproximaciones conceptuales que orientan el sentido de la misma, situando al adolescente desde su entendimiento psicológico en primera instancia, y en segunda, desde su comprensión dentro del ámbito del derecho cuando comete una infracción o delito. La delincuencia, es un concepto que a simple vista transmite lo que externamente de ella se visualiza, se entiende y también se rechaza; un actuar desajustado, desviado, que indigna a la sociedad y con él, sus efectos. Sin embargo, también abarca cuestiones mucho más intrínsecas y menos individualistas, un origen, una trama y posibles desenlaces, que intentamos en este trabajo estudiar, analizar y reflexionar. Un hecho delictivo conlleva mucho más que un victimario y una infracción y es desde esta idea que nos situaremos a lo largo del capítulo y del trabajo en su totalidad, comprendiendo la delincuencia con orígenes y consecuencias, con una historia personal y otra colectiva en el individuo. El siguiente paso de este trabajo radica en el conocer, estudiar y contrastar las legislaciones que recogen la regulación de responsabilidad penal de menores en Uruguay y España y las normativas internacionales de mayor relevancia. Estos puntos se encuentran en el segundo y tercer capítulo de la tesis. Desde ellos pretendemos acercarnos al panorama español y uruguayo desde el estudio del crimen y el castigo, en las regiones de Andalucía y Montevideo en el ámbito de menores, desde la problemática y el fenómeno social que la delincuencia supone. A partir de esto, buscaremos reflexionar en relación al funcionamiento de cada una de estas culturas en relación al delito y a la respuesta que a éste se da. Es parte de dicho acercamiento, el llevar a cabo el análisis de las cifras oficiales de los hechos y tipos delictivos registrados en Andalucía y Montevideo entre 2009 y 2012. En definitiva es nuestra intención, indagar y analizar cuál es el tipo de respuesta que se ha dado a la delincuencia cometida por adolescentes en los últimos años para entonces cotejar la realidad, con la teoría que ofrece la legislación del ámbito de justicia juvenil en dichas regiones y a partir de esto, proponer respuestas alternativas a las adoptadas en el periodo, a través de la presentación de medidas adoptadas en otros modelos. Una vez presentados los marcos situacionales de cada región, en el cuarto capítulo nos detenemos para analizar aquellos puntos que han surgido como debilidades dentro del sistema de justicia de menores de ambas regiones. Pues es menester de este trabajo, identificar algunos factores que parecerían incidir en el funcionamiento del ámbito juvenil de justicia tales como: la negligencia familiar, las políticas de prevención, la finalidad sancionadora de las medidas y los medios de comunicación. En el quinto capítulo de este trabajo, nos introduciremos en el modelo de Justicia Restaurativa, como alternativa y/o complemento al modelo tradicional de justicia. Se trata de un modelo que por priorizar la reparación a la víctima y la reinserción de quien delinque a la comunidad y su responsabilización en los hechos, dejando a un lado el estigma, la exclusión social y el internamiento como pilares preventivos, se ajusta a lo que la normativa internacional recomienda. Consideramos que es momento de modificar el paradigma desde el cual se responde a la criminalidad en todos los ámbitos, pero fundamentalmente en el de adolescentes, haciendo partícipe a la comunidad, favoreciendo el acceso de ésta a la resolución de conflictos y centrándonos en la responsabilización de un conducta y en las consecuencias que ha generado en terceros la misma. Creemos que es fundamental, previo a dicho cambio de paradigma desde la práctica, cambiar los cristales desde los cuales observamos a la delincuencia y al adolescente involucrado en la misma. En lo que a nuestras conclusiones respecta, habiendo analizado las medidas sancionadoras adoptadas en el periodo, en Andalucía y Montevideo, se desprenden dos situaciones: la mayoritaria adopción de medidas cautelares privativas de libertad en ambas regiones; la libertad vigilada como medida adoptada mayoritariamente en sentencia firme en Andalucía; el internamiento cerrado como medida adoptada mayoritariamente en Montevideo tras sentencia firme. Es entonces que desde los anteriores datos, hacemos hincapié en una revisión del paradigma judicial tradicional dentro de la jurisdicción de menores de 18 años, que en la actualidad, dentro de las regiones de estudio, estaría generando interrogantes en relación a la excepcionalidad de la utilización de medidas privativas de libertad y al cumplimiento de lo que las normativas internacionales recomiendan. Consideramos que el movimiento más inteligente y sensato a la hora de intervenir en relación a la delincuencia, es justamente, por un lado actuar en lo que podría ser el inicio de una carrera delictiva, educando desde la responsabilización y reparación en el momento más propicio del desarrollo humano, desde el involucramiento de la sociedad en conjunto con los partícipes del hecho. Pues en la base de nuestra ideología en relación al tema está la creencia de que difícilmente quien esté excluido de la sociedad pueda sentirse parte de ésta a un nivel lo suficientemente bueno como para adaptarse a ella, responsabilizándose de su rol de ciudadano y obrar positivamente en consecuencia de éste.