La base imponible consolidada común

  1. Carracedo Carracedo, Miguel Ángel
Dirigida por:
  1. María Amparo Grau Ruiz Director/a

Universidad de defensa: Universidad Complutense de Madrid

Fecha de defensa: 14 de marzo de 2013

Tribunal:
  1. Ramón Falcón Tella Presidente/a
  2. Leonardo García de la Mora Secretario/a
  3. María Ángeles García Frías Vocal
  4. Mercedes Navarro Egea Vocal
  5. Jaime Aneiros Pereira Vocal

Tipo: Tesis

Resumen

El trabajo de investigación que aquí se presenta tiene una triple dimensión. Por un lado, y haciéndose eco de la multiplicidad de artículos y tesis doctrinales que han ido apareciendo en Europa en estos últimos años, trata de ahondar en las relacione s existentes entre la Fiscalidad y la Contabilidad. Todo ello tomando como marco de referencia la reciente iniciativa legislativa comunitaria relativa a una base común consolidada y la adopción por parte de la Unión Europea de las Normas Internaciona les de Información Financiera (NIIF). En el trabajo se considera que la normativa contable internacional constituye un punto de apoyo idóneo para la construcción de una base imponible común, ofreciendo soluciones técnicamente válidas en ambas esferas , pero sin dejar de tener en cuenta que Fiscalidad y Contabilidad responden a objetos diversos aunque gocen en uno y otro caso de un marcado carácter instrumental. Por otro lado algunos de los problemas que plantea la normativa contable actualmente, especialmente la recepción en los estados financieros de valores potenciales (valores razonables), deben ser resueltos desde la propia órbita tributaria atendiendo a los planteamientos generales del Derecho Financiero como rama del ordenamiento juríd ico que regula la realización de gastos en orden a la satisfacción de necesidades públicas y la obtención de los recursos necesarios para cubrir aquellos. En segundo lugar se aborda el estudio de algunos de los aspectos claves del proyecto de base imponible consolidada común. Los precios de transferencia ocupan hoy un lugar preeminente en el ámbito de la fiscalidad internacional, de hecho el tratamiento adoptado por el Comité de Asuntos Fiscales de la OCDE ha sido recogido por una buen a parte de las normativas nacionales de los países ocidentales dedicadas a la materia. Frente a los precios, la globalización aconseja la adopción de una técnica que permite un resultado más perfecto por presentar una perspectiva más ámplia: la conso lidación. Mediante ella es tratado jurídicamente de forma unitaria lo que económicamente se presenta como tal unidad, es decir nos encontramos frente a una técnica que impone un tratamiento global de las relaciones económicas y financieras entre part es vinculadas y no sólo la corrección de las bases imponible de los respectivos impuestos societarios. Además se incide en la hipotética fórmula de distribución de la base común considerando la problemática que la rodea y considerando el ejemplo de l