Convenios colectivos y Derecho de la competenciaUn estudio de los criterios generales sobre el sometimiento de los convenios colectivos a la prohibición de acuerdos restrictivos

  1. JOSÉ MASSAGUER
Journal:
Revista General de Derecho de los Sectores Regulados: RSR

ISSN: 2603-6444

Year of publication: 2018

Issue: 1

Type: Article

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Abstract

Como mercado regulado, el mercado de trabajo presenta la particularidad de que los convenios colectivos, resultado de la negociación entre asociaciones empresariales y sindicales, es fuente de regulación de la relación laboral que está expresamente sometida al conjunto del ordenamiento, incluida la legislación de defensa de la competencia. Típicamente, los convenios colectivos regulan las condiciones de aprovisionamiento y empleo de un factor clave para la competitividad de toda empresa: el capital humano. En particular, homogeneizan no solo la estructura de costes de los empleadores sino también aspectos de su organización del trabajo, política de estabilidad en el empleo, o iniciativas de productividad. Ello implica una inevitable restricción de la competencia entre las empresas afectadas por los convenios colectivos y llama a la aplicación de ley antitrust. De ahí que, para salvaguardar la efectividad práctica del reconocimiento constitucional de la negociación colectiva se hayan definido criterios generales para determinar qué convenios colectivos están fuera del ámbito de la prohibición de acuerdos restrictivos de la competencia. Al efecto, la jurisprudencia y doctrina de los órganos de defensa de la competencia han exigido que los convenios colectivos tengan naturaleza de tales y regulen materias que son propias de la negociación colectiva. Estos extremos deben examinarse en buena medida a la luz de la legislación ordinaria interna.