La masa patrimonial como parte en el proceso concursal

  1. Tomás Tomás, Salvador
Dirigida por:
  1. Fernando Jiménez Conde Director
  2. Gemma García-Rostán Calvín Directora

Universidad de defensa: Universidad de Murcia

Fecha de defensa: 15 de octubre de 2021

Tribunal:
  1. Carmen Senés Motilla Presidente/a
  2. Juan Francisco Herrero Perezagua Secretario/a
  3. Angelo Dondi Vocal
Centro académico: Facultad de Derecho
Departamento: Derecho Financiero, Internacional y Procesal

Tipo: Tesis

Objetivos de desarrollo sostenible

Resumen

El presente trabajo aspira a cubrir el vacío existente en la doctrina patria en torno a la idea de dotar de personalidad procesal a la masa del concurso. Nuestra investigación tiene como objetivo, en primer lugar, analizar la afección patrimonial asociada a la declaración de concurso y el desapoderamiento del deudor concursado. Esclarecer los efectos de esta declaración en los actos realizados por el deudor y su patrimonio constituye un prius ineludible de este trabajo, pues enlaza directamente con la problemática asociada a la subjetivación de la masa activa en el proceso concursal. En segundo término, ahondaremos en la posición jurídica de la administración concursal; de igual modo, en el instrumento que permite explicar la plena eficacia de los actos realizados por esta en la esfera jurídica del concursado. No es desconocido que la naturaleza jurídica de la administración concursal ha sido una de las cuestiones más extensamente discutidas en materia de insolvencia, con notables esfuerzos de aclaración doctrinal, a nivel patrio y extranjero, focalizados en el estudio de la figura y su relación jurídica con el deudor, los acreedores y el patrimonio concursal. En tercer lugar, atenderemos al interés del concurso, concepto jurídico indeterminado sobre el que pivota el proceso concursal, útil tanto para expresar su finalidad última como para servir de ratio decisoria en el ejercicio de los instrumentos predispuestos legalmente al servicio de aquel fin. Su delimitación es decisiva: revela la función que el patrimonio concursal está orientado a cumplir, con separación y autonomía respecto al interés subjetivo de deudor y acreedores. La función económica consustancial a la masa activa entronca, en cuarto lugar, con la idea de patrimonio separado. Este destino justifica la aplicación de una disciplina peculiar para la tutela de la función objetiva que los bienes y derechos que integran la masa activa asumen tras la declaración de concurso. El análisis pormenorizado de los elementos definidores de la separación patrimonial constituye asunto de obligado estudio en esta memoria doctoral. Finalmente, nos pronunciaremos sobre la idoneidad de conceder personalidad procesal a la masa separada, en función del régimen de administración y disposición patrimonial acordado, con solución respecto a otras categorías procesales que engarzan con la posición en el proceso de deudor, acreedores y administración concursal, sin adecuada respuesta en el vigente texto concursal. El exhaustivo análisis de estos elementos nos permitirá realizar propuestas de lege ferenda en orden a esclarecer, de manera definitiva, la posición jurídico-procesal y la legitimación ad causa de los sujetos partícipes en la actividad concursal.